NUEVA NORMATIVA PPER
Resumen de cambios que afectan la Normativa PPER
REAL DECRETO 269/2020 POR EL QUE SE REGULAN LAS TITULACIONES PROFESIONALES Y DE COMPETENCIA DE LA MARINA MERCANTE – 13/04/2022
Ampliación:
12 Pasajeros + tripulación ( Dependiendo del despacho de la embarcación)
- Categoría primera: Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
- Categoría segunda: Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma.
Eliminación: (2)
Buques de Pasaje Solas.
Avanzado en Lucha Contra-incendios.
Embarcaciones de Supervivencia y botes de Rescate ( No rápidos ).
Cursos necesarios: (3)
Formación básica en seguridad.
Formación sanitaria específica inicial.
Título de competencia de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.
Aportar un Registro de navegación:
Las navegaciones serán validadas por la administración marítima en la forma que se estipule mediante resolución del Director General de la Marina Mercante.
PODRÁS CONSEGUIR UNA AMPLIACIÓN IMPORTANTE DE TUS ATRIBUCIONES.
ES UN GRAN PASO PARA INCREMENTAR HASTA DONDE PUEDES LLEGAR COMO PROFESIONAL.
MUCHO MÁS FÁCIL CONSEGUIR EL CERTIFICADO DE PPER.
DISPONES DE UN CAMINO MUCHO MÁS FÁCIL PARA EL PPER